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Subastas de la AEAT y la TGSS frente a las judiciales
En el Portal de Subastas del BOE conviven tres grandes familias con reglas distintas: las judiciales (identificador SUB-JA), las de la Agencia Tributaria (SUB-AT) y las de la Tesorería General de la Seguridad Social (con sus propias series), además de las notariales y las de otros organismos recaudadores. El bien puede ser el mismo tipo de piso; el procedimiento, el depósito y los plazos no.
Publicado el 2026-09-19
Comparativa rápida
| Judicial | AEAT | TGSS | |
|---|---|---|---|
| Quién ejecuta | Juzgado (Letrado de la A. de J.) | Agencia Tributaria (Reglamento General de Recaudación) | Tesorería de la Seguridad Social (su propio reglamento de recaudación) |
| Dónde se puja | subastas.boe.es | subastas.boe.es | subastas.boe.es |
| Depósito para pujar | 5 % (régimen anterior) o 20 % inmuebles / 10 % muebles (Ley 1/2025) | 5 % del tipo de subasta | El que fije el edicto (suele ser superior al judicial) |
| Pujas visibles | Sí en el régimen anterior; secretas con la Ley 1/2025 | Sí | Sí |
| Adjudicación por debajo del tipo | Reglas del art. 670 LEC (70 % / 50 %) | Posible en segunda licitación y adjudicación directa | Posible en licitaciones sucesivas y adjudicación directa |
| Cargas anteriores | Subsisten | Subsisten | Subsisten |
| Título | Decreto de adjudicación | Certificación del acta de adjudicación | Certificación del acta de adjudicación |
Lo que tienen en común
- La puja se presenta siempre en el portal del BOE con certificado, DNIe o Cl@ve.
- Las cargas anteriores subsisten y las paga el adjudicatario; la nota simple es imprescindible en las tres.
- El ITP se liquida sobre el mayor entre el precio y el valor de referencia de Catastro, sea quien sea el que subasta.
- Pujea las monitoriza todas en el mismo ranking y el mismo mapa, e indica el organismo en cada ficha.
Lo que cambia en la práctica
- En las subastas administrativas (AEAT y TGSS) no aplica la Ley 1/2025: el depósito y los plazos son los de su reglamento de recaudación, y las pujas siguen siendo visibles.
- Las administrativas admiten adjudicación directa cuando la subasta queda desierta: es una vía para comprar sin competencia, negociando con el organismo.
- El plazo para pagar el resto del precio suele ser más corto en las administrativas (15 días en la AEAT desde la adjudicación) que en las judiciales (40 días en inmuebles).
- En las judiciales el ejecutado puede presentar un tercero que mejore la puja cuando esta no alcanza el 70 %; en las administrativas no existe ese trámite.
Preguntas frecuentes
¿Son más seguras las subastas de Hacienda?
No son ni más ni menos seguras: el bien sale con las mismas cargas anteriores. La diferencia es de procedimiento. Lo que sí suele haber es menos competencia, porque muchas plataformas solo miran las judiciales.
¿Qué es la adjudicación directa?
Cuando una subasta administrativa queda desierta, el organismo puede vender el bien directamente a quien presente una oferta en un plazo, sin nueva subasta. Es una oportunidad para comprar sin pujar contra nadie.
¿Cómo sé quién subasta cada bien?
Por el identificador del edicto (SUB-JA judicial, SUB-AT Hacienda, series de la TGSS) y por la autoridad gestora que figura en la ficha del portal. Pujea lo muestra como fuente en cada subasta y permite filtrar por organismo.
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Contenido informativo elaborado por Pujea a partir de la normativa vigente y de sus propios datos. No constituye asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión; la normativa autonómica y los criterios de cada juzgado cambian. Verifica siempre el edicto oficial y consulta a un profesional antes de pujar.